Escuelas en el CEF: TSJ respalda la decisión de la Fiscalía

El reciente fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén, que rechazó la medida cautelar para frenar la construcción de las escuelas 361 y EPET 28 en el predio del CEF 7, trajo consigo un fuerte respaldo jurídico a la actuación de la Fiscalía de Villa La Angostura. La resolución del Máximo Tribunal terminó por reforzar el criterio sostenido semanas atrás por la fiscalía local al resolver el archivo provisorio de la denuncia penal contra funcionarios municipales y concejales.

Desde el inicio del conflicto, la Fiscalía en sede penal había señalado que el núcleo del problema radicaba en una "compleja discusión administrativa" vinculada a la naturaleza jurídica del inmueble y a la validez de las ordenanzas cuestionadas. En aquel momento, la Justicia penal determinó que la controversia debía resolverse prioritariamente en el fuero contencioso-administrativo y no mediante imputaciones penales prematuras.

La complejidad del predio El TSJ, con dictamen favorable de la Fiscalía General, sostuvo que el caso presenta antecedentes normativos e históricos que impiden hablar de una "ilegalidad manifiesta". Un punto determinante fue la observación preliminar del tribunal sobre el destino real del bien: se vislumbró que la situación del predio no se condecía realmente con la de un "espacio verde", como argumentaban quienes impulsaron la cautelar.

La decisión de la Fiscalía local de no avanzar con cargos penales aparece ahora alineada con el criterio del Máximo Tribunal Provincial. Se estableció que la existencia de una controversia administrativa seria y jurídicamente discutible no convierte automáticamente los hechos en un delito penal. Esto cobra especial relevancia tras determinarse que no existía "verosimilitud en el derecho" alegado por el accionante, el abogado Hensel.

Situación actual de la causa Con este escenario, la investigación penal se mantiene archivada de manera provisoria. El futuro de la denuncia quedará supeditado exclusivamente a lo que finalmente se resuelva en la sede contencioso-administrativa respecto de la validez de las ordenanzas municipales que autorizaron la cesión del predio y el inicio de las obras. Por el momento, el camino judicial para la construcción de los edificios escolares queda despejado de obstáculos penales inmediatos.

Comentarios

Comentar artículo